UNA NUEVA ETAPA EN OAA

Después de casi 30 años asesorando a nuestros clientes en materias como el Derecho de Daños, Seguros o Consumo; creemos que ha llegado el momento de abrir una nueva etapa en la que nuestra firma apueste por un nuevo plan estratégico, un nuevo branding y continuar con nuestro trabajo diario que se caracteriza por brindar siempre un servicio de asesoramiento legal de excelencia a nuestros clientes.

Estrenamos un nuevo naming de la firma “Orión Abogados Asociados” en el que mantenemos la importancia que nuestro Director de la Firma tiene para nosotros debido a su alta trayectoria académica y profesional.

Entre nuestras áreas de especialización destaca el Derecho de Daños. Es por ello que concentramos gran parte de nuestra actividad en la responsabilidad civil prestando asesoría en el sector asegurador, bancario, constructor, transportador… contando con una formación académica rigurosa, caracterizada por la constancia y la disciplina.

Así, en Orión Abogados Asociados mantenemos una larga trayectoria y experiencia en el derecho de seguros, prestando asesoría a las Compañías aseguradoras en asuntos de la póliza de responsabilidad civil contractual, extracontractual,  seguro de directores y administradores, propiedad horizontal, seguros reales, patrimoniales, vida, salud, cumplimiento, constructor, entre otros productos del mundo asegurador.  

Nuestro equipo trabaja también en asuntos relacionados con el Derecho Civil fruto de nuestra capacidad para asesorar a nuestros clientes; prestando servicios relacionados con el Derecho Inmobiliario, Derecho de Familia o Derecho de Obligaciones y Contratos. En última instancia, asesoramos también en materia de Derecho de Consumo siendo nuestra máxima el rigor y la investigación. Defendemos los derechos de nuestros clientes prestando gran atención a las novedades técnicas en la materia.

Queremos que nuestros clientes se sigan sintiendo el centro de nuestra atención y nuestro mayor apoyo ya que cada día trabajamos para cumplir sus objetivos. Así, nos enorgullecemos de abordar casos complejos y llevarlos hasta el final.

Nuestra firma mantiene un fuerte compromiso con la sociedad y el desarrollo de las personas. Por eso, mantenemos nuestra política de colaboración diferentes Fundaciones y programas sociales.

Entradas recientes

EL DERECHO AL OLVIDO ONCOLOGICO Y EL SEGURO DE VIDA

El 28 de junio de 2023, con vigencia a partir del 30 de junio de 2023, se expidió el Real Decreto-Ley 5 de 2023, en España, en cumplimiento de la Resolución del Parlamento Europeo del 16 de febrero de 2022, sobre el refuerzo de Europa en la lucha contra el cáncer, con lo cual se modificó sustancialmente la Ley de Contrato de Seguro, (Ley 50 de 1980), para hacer efectivo el “derecho al olvido oncológico”. 

¿DOMICILIO DEL DEMANDADO DEBE PRIMAR CÓMO FACTOR TERRITORIAL?

Análisis a partir de la sentencia de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, de diciembre 14 de 2022.
Con la introducción de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), son cada vez más las situaciones que permean el Derecho y que siendo este último una respuesta a las relaciones intersubjetivas de las personas, debe ser cambiante, o en otras palabras debe atender al momento histórico en el que los sujetos interactúan

INTRODUCCIÓN DE LA SENTENCIA DE UNIFICACIÓN SOBRE UBICACIÓN ESPACIAL DE AMPAROS Y EXCLUSIONES

La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, mediante sentencia de unificación del 27 de septiembre de 2022, SC2879-2022, Radicación No. 11001-31-99-003-2018-72845-01, Magistrado Ponente Dr. Luis Alonso Rico Puerta, se zanja finalmente una discusión que no tenía razón de ser, respecto de la ubicación espacial de los amparos básicos y exclusiones en la póliza de seguros para su validez

PRINCIPIO DE MITIGACIÓN DEL DAÑO EN RESPONSABILIDAD CIVIL

A la hora de proponer defensas en los procesos de responsabilidad civil, por regla general se dirigen a aquellos que desvirtúan el hecho o el nexo de causalidad, no obstante, el daño es un elemento esencial dentro de la estructura de la responsabilidad civil, pues sin daño, no hay paso al surgimiento de la obligación indemnizatoria, no obstante algunos debates al respecto, al que en este escrito no haremos referencia.  

LAS EXCLUSIONES DEL CONTRATO DE SEGURO Y SU CONSIGNACION DENTRO DE LA PÓLIZA

Existe todavía en algunos sectores de la academia y de la administración de justicia, una discusión sobre si las exclusiones deben estar o no en la caratula de la póliza, pero sin duda el asunto ya se encuentra suficientemente documentado y superada la discusión, para concluir que no necesariamente deben estar en la primera hoja sino a partir de esta, conforme a los conceptos de la Superintendencia Financiera de Colombia, la jurisprudencia de nuestras altas cortes y el mismo Código de Comercio, veamos